Artículo 5. Clases de colegiados.
Artículo 5 del Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General. · BOE-A-2002-1370
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-25.
Texto consolidado
Existen las siguientes clases de colegiados:
a) Ejercientes.
b) No ejercientes.