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Real Decreto Vigente

Artículo 5. Calidad y servicio público de justicia.

Artículo 5 del Real Decreto 144/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses. · BOE-A-2023-5368

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-02.

Texto consolidado

Los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses, en el ámbito de sus funciones de auxilio a la Administración de Justicia, velarán por el impulso y reconocimiento de los valores éticos y deontológicos, así como por la implantación de todas aquellas actuaciones conducentes a la mejora de la calidad del servicio público de justicia.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-02.

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