El Vínculo El Vínculo.
Real Decreto Vigente

Artículo 4. Relación con el Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Artículo 4 del Real Decreto 144/2023, de 28 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses. · BOE-A-2023-5368

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-03-02.

Texto consolidado

1. El Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses actuará en materias de su especialidad como centro de referencia de los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses con los objetivos de establecer procedimientos normalizados de trabajo, unificar criterios técnicos, garantizar la calidad pericial y contribuir a la formación de sus profesionales.

2. La recogida, preparación y envío de muestras al Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses se realizará de acuerdo al procedimiento que establezca el Ministerio de Justicia en base a las instrucciones técnicas de aquél, oído el Consejo Médico Forense.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2023-03-02.

Más artículos de Real Decreto 144/2023

En El Vínculo puedes leer Real Decreto 144/2023 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.