Artículo 5. Base imponible.
Artículo 5 del Real Decreto 1338/1999, de 31 de julio, por el que se regulan determinadas tasas postales y el fondo de compensación del Servicio Postal Universal, creados por la Ley 24/1998, de 13 de julio, del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales. · BOE-A-1999-17999
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-09-13.
Texto consolidado
La base imponible estará constituida por los ingresos anuales brutos de explotación que obtenga el titular, tal como están definidos en el artículo 33 de la Ley del Servicio Postal Universal y de Liberalización de los Servicios Postales.
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