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Real Decreto Vigente

Artículo 5. Criterios de pureza.

Artículo 5 del Real Decreto 1101/2011, de 22 de julio, por el que se aprueba la lista positiva de los disolventes de extracción que se pueden utilizar en la fabricación de productos alimenticios y de sus ingredientes. · BOE-A-2011-14223

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-08-31.

Texto consolidado

Los disolventes de extracción utilizados en la fabricación de productos alimenticios o de sus ingredientes tienen que cumplir los siguientes criterios:

a) no contener una cantidad toxicológicamente peligrosa de cualquier elemento o sustancia;

b) el contenido de plomo y arsénico tiene que ser inferior a 1 mg/kg;

c) responder a los criterios específicos de pureza establecidos en el anexo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2011-08-31.

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