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Orden Vigente

Artículo 5. Dirección del Registro Electrónico.

Artículo 5 de la Orden TAS/408/2008, de 18 de febrero, por la que se crea el registro electrónico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y se regula el servicio de notificaciones electrónicas, estableciéndose los requisitos generales para su aplicación a determinados procedimientos. · BOE-A-2008-3172

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-02-22.

Texto consolidado

Los interesados en acceder al Registro Electrónico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales deberán hacerlo a través de la dirección electrónica http://www.mtas.es. En dicha dirección se encontrará una relación actualizada de las solicitudes, escritos y comunicaciones que pueden presentarse en el Registro Electrónico.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2008-02-22.

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