Artículo 5. Dirección del Registro Electrónico.
Artículo 5 de la Orden TAS/408/2008, de 18 de febrero, por la que se crea el registro electrónico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y se regula el servicio de notificaciones electrónicas, estableciéndose los requisitos generales para su aplicación a determinados procedimientos. · BOE-A-2008-3172
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-02-22.
Texto consolidado
Los interesados en acceder al Registro Electrónico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales deberán hacerlo a través de la dirección electrónica http://www.mtas.es. En dicha dirección se encontrará una relación actualizada de las solicitudes, escritos y comunicaciones que pueden presentarse en el Registro Electrónico.
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