Artículo 4. Naturaleza del Registro Electrónico.
Artículo 4 de la Orden TAS/408/2008, de 18 de febrero, por la que se crea el registro electrónico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y se regula el servicio de notificaciones electrónicas, estableciéndose los requisitos generales para su aplicación a determinados procedimientos. · BOE-A-2008-3172
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2008-02-22.
Texto consolidado
El Registro Electrónico del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales se integra en el Registro General del Departamento, cuya instalación en soporte informático garantizará su interconexión e integración con el Registro General del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales.
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