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Ley Vigente

Artículo 5. Objetivos del Plan estratégico de juventud de Galicia.

Artículo 5 de la Ley 6/2012, de 19 de junio, de juventud de Galicia. · BOE-A-2012-11413

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2012-08-09.

Texto consolidado

Serán objetivos estratégicos del plan:

a) Diagnosticar la situación de la juventud gallega y realizar un análisis derivado de los datos obtenidos, donde se propongan soluciones a los principales problemas y necesidades de la juventud en Galicia.

b) Servir de instrumento para la toma de decisiones políticas, elaborando las líneas estratégicas y articulando las actuaciones prioritarias públicas en materia de juventud.

c) Establecer una metodología de trabajo transversal que sea la referencia para el resto de consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, así como para las entidades de la Administración local de Galicia.

d) Facilitar la evaluación de la efectividad de las medidas adoptadas en el desarrollo de las políticas de juventud, a través de sistemas de indicadores y cuadros de mando.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2012-08-09.

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