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Ley Vigente

Artículo 5. Competencias de coordinación.

Artículo 5 de la Ley 17/2017, de 13 de diciembre, de coordinación de policías locales de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2018-98

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2018-01-04.

Texto consolidado

1. Corresponde al Consell la potestad reglamentaria en materia de coordinación de policías locales en la Comunitat Valenciana, sin perjuicio de que, para supuestos específicos, pueda atribuirse al titular del órgano autonómico que tenga atribuida la titularidad de la competencia en materia de seguridad.

2. El ejercicio de las funciones de coordinación de las policías locales que no supongan el ejercicio de la potestad reglamentaria corresponderá al órgano autonómico que tenga atribuida la titularidad de la competencia en materia de seguridad. En todo caso, el departamento del Consell competente en materia de Policía Local ejercerá las facultades de superior dirección, control y tutela para garantizar la efectividad de la coordinación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2018-01-04.

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