Artículo 5. Colaboración de la Iglesia Católica.
Artículo 5 de la Ley 1/2001, de 6 de marzo, del Patrimonio Cultural. · BOE-A-2001-10676
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-04-19.
Texto consolidado
La Iglesia Católica, como titular de una parte muy importante del Patrimonio Cultural de Asturias velará por su protección, conservación y difusión, con sujeción a lo dispuesto en la presente Ley, colaborando a dicho efecto con los órganos correspondientes de la Administración del Principado de Asturias y de las entidades locales.