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Ley Vigente

Artículo 5. Los principios rectores de la actuación de la Generalidad.

Artículo 5 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de Política Lingüística. · BOE-A-1998-2989

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-01-29.

Texto consolidado

1. La Generalidad ha de garantizar los derechos lingüísticos de los ciudadanos y ciudadanas, el uso normal y oficial del catalán y del castellano, la enseñanza de las dos lenguas a toda la población, la capacitación y habilitación lingüísticas del personal al servicio de las Administraciones y la igualdad plena de los ciudadanos y ciudadanas en cuanto a derechos y deberes lingüísticos, en todos los ámbitos.

2. La Generalidad ha de realizar actuaciones de amparo, protección y promoción y fomento del uso de la lengua catalana en todos los ámbitos, con adopción de las medidas necesarias y el destino de los recursos suficientes.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-01-29.

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