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Decreto Legislativo Vigente

Artículo 5. Instrumentos.

Artículo 5 del Decreto Legislativo 2/2015, de 17 de noviembre, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Ordenación del Territorio de Aragón. · BOA-d-2015-90603

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-11-21.

Texto consolidado

1. Son instrumentos de planeamiento territorial la Estrategia de Ordenación Territorial de Aragón y las Directrices de Ordenación Territorial, que podrán tener carácter zonal o especial.

2. Son instrumentos de gestión territorial los Programas de Gestión Territorial.

3. Son instrumentos especiales de ordenación territorial los Planes y Proyectos de Interés General de Aragón.

4. Son instrumentos de información territorial el Sistema de Información Territorial de Aragón y los Documentos Informativos Territoriales.

5. Son instrumentos complementarios de ordenación del territorio el Dictamen Autonómico sobre los Planes y Proyectos del Estado con incidencia territorial y los Informes Territoriales sobre Planes, Programas y Proyectos con incidencia en la ordenación del territorio.

6. Son instrumentos de protección, gestión y ordenación del paisaje los Mapas de Paisaje.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-11-21.

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