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Real Decreto Vigente

Artículo 49. Presentación, desglose y devolución de documentos.

Artículo 49 del Real Decreto 520/2005, de 13 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento general de desarrollo de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en materia de revisión en vía administrativa. · BOE-A-2005-8662

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-06-27.

Texto consolidado

1. Al presentar un documento, los interesados podrán acompañarlo de una copia para que la secretaría, previo cotejo, devuelva el original, salvo que la propia naturaleza del documento aconseje que su devolución no se efectúe hasta la resolución definitiva de la reclamación.

2. Una vez terminada la reclamación económico-administrativa en todas sus instancias, los interesados podrán pedir el desglose y devolución de los documentos de prueba presentados por ellos, lo que se acordará por la secretaría de los respectivos tribunales o salas desconcentradas. Estas actuaciones se practicarán dejando constancia de la devolución y de la copia cotejada del documento en el expediente de la reclamación.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-06-27.

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