Artículo 49. Resolución de los conflictos.
Artículo 49 del Real Decreto 1271/2003, de 10 de octubre, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos. · BOE-A-2003-19457
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2003-10-23.
Texto consolidado
Cualquier conflicto que se plantee en la administración del presupuesto o de la tesorería será resuelto por la Junta de Gobierno, previo informe de la Junta de Decanos.