Artículo 48. Premios establecidos por fundaciones y legados.
Artículo 48 del Real Decreto 264/2026, de 1 de abril, por el que se aprueban los Estatutos de la Real Academia Nacional de Medicina de España. · BOE-A-2026-7442
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-04-03.
Texto consolidado
Se podrán conceder los premios que por las fundaciones y legados hayan sido establecidos y convocados, según sean considerados reglamentariamente.