Artículo 48. Investigación, desarrollo e innovación en la industria textil y ecodiseño.
Artículo 48 de la Ley 3/2023, de 30 de marzo, de Economía Circular de Andalucía. · BOE-A-2023-9957
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-05-01.
Texto consolidado
1. La Administración de la Junta de Andalucía, junto a los agentes del sector textil, impulsarán la investigación, el desarrollo y la innovación de formas de diseño, modos de producción y fabricación que prioricen el uso de recursos renovables, que reintroduzcan subproductos textiles recuperados, o incorporen un mayor porcentaje de materiales reciclados, sostenibles y de proximidad, como materia prima, y que obtengan productos duraderos, reutilizables y reciclables.
2. La Administración de la Junta de Andalucía podrá establecer, a estos efectos, instrumentos e incentivos económicos, tales como premios al ecodiseño o la innovación, guías de buenas prácticas y campañas de información.
3. La Administración de la Junta de Andalucía promocionará acciones a favor de la venta de segunda mano.