El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 47. Comunicación de ventas.

Artículo 47 de la Ley 5/2017, de 10 de febrero, de pesca marítima y acuicultura de la Comunitat Valenciana. · BOE-A-2017-2424

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-03-05.

Texto consolidado

El responsable de la explotación de la lonja o del establecimiento autorizado de primera venta deberá expedir las notas de primera venta, así como toda documentación de información previa que se requiera de acuerdo a la normativa vigente, y remitir a la administración pesquera autonómica los datos establecidos reglamentariamente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2017-03-05.

Más artículos de Ley 5/2017

En El Vínculo puedes leer Ley 5/2017 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.