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Ley Vigente

Artículo 47. Sociedades mixtas.

Artículo 47 de la Ley 4/2022, de 28 de junio, de consejos insulares. · BOE-A-2022-13847

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-08-07.

Texto consolidado

1. Para la gestión o la prestación de servicios con contenido económico que no impliquen el ejercicio de funciones de autoridad, los consejos insulares pueden constituir con otras administraciones sociedades mercantiles cuyo capital pertenezca total o mayoritariamente a las entidades públicas prestadoras del servicio.

2. Los acuerdos de constitución, de participación o de adquisición de títulos representativos de capital de las sociedades mixtas se adoptarán de acuerdo con la legislación reguladora de los respectivos patrimonios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-08-07.

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