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Ley Vigente

Artículo 46. Comunicaciones por escrito.

Artículo 46 de la Ley 27/2001, de 31 de diciembre, de Justicia Juvenil. · BOE-A-2002-2513

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-01-16.

Texto consolidado

1. Los menores y los jóvenes pueden enviar y recibir correspondencia libremente. A este efecto el centro les ha de facilitar el uso del correo electrónico.

2. Sin perjuicio de lo que establece el apartado 1, si hay razones fundamentadas para considerar que las cartas recibidas contienen algún tipo de sustancia u objeto prohibidos por las normas de funcionamiento interno del centro, la persona receptora la ha de abrir ante el personal del centro, con la única finalidad de confirmar o descartar esta posibilidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-01-16.

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