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Real Decreto Vigente

Artículo 45. Voto por correo.

Artículo 45 del Real Decreto 481/1999, de 18 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Psicólogos. · BOE-A-1999-7734

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1999-04-08.

Texto consolidado

Podrán votar, asimismo, por correo enviando al Presidente de la mesa electoral de Madrid la papeleta de voto, en sobre cerrado incluido dentro de otro, junto a la fotocopia del carné de colegiado o documento nacional de identidad.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-04-08.

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