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Real Decreto Vigente

Artículo 44. Bienes inmuebles.

Artículo 44 del Real Decreto 118/2005, de 4 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Agentes Comerciales de España y de su Consejo General. · BOE-A-2005-2529

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2005-02-17.

Texto consolidado

La enajenación y gravamen de bienes inmuebles de los Colegios o del Consejo General deberán contar con la aprobación de su respectiva Asamblea General.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2005-02-17.

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