Artículo 44. Información sobre saldos.
Artículo 44 de la Orden de 28 de mayo de 2001, por la que se establecen los procedimientos aplicables para las declaraciones de inversiones exteriores y su liquidación, así como los procedimientos para la presentación de memorias anuales y de expedientes de autorización. · BOE-A-2001-10570
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-07-01.
Texto consolidado
Se presentarán anualmente en el mes de enero de cada año comprendiendo los depósitos y saldos anotados de los valores objeto de las inversiones a que se refiere el artículo 41.1 anterior, existentes a 31 de diciembre del año anterior.
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