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Ley Vigente

Artículo 44. Personal empleado.

Artículo 44 de la Ley 4/2022, de 24 de junio, de Regulación del Juego de Cantabria. · BOE-A-2022-12387

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2022-07-02.

Texto consolidado

1. Las empresas de juego deberán suministrar al personal que realiza su actividad laboral en ellas formación básica relativa a la regulación del juego, la prevención de los riesgos asociados al juego, las políticas de juego responsable, la identificación de conductas adictivas asociadas al juego y buenas prácticas de intervención ante situaciones de juego problemático o patológico.

2. El personal empleado no podrá participar en las actividades de juego que se realicen en los establecimientos o empresas en los que presten sus servicios.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2022-07-02.

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