Artículo 44. Ámbito.
Artículo 44 del Decreto Legislativo 1/2017, de 27 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Gestión de Emergencias. · BOE-A-2017-5194
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2017-05-06.
Texto consolidado
La actividad de las administraciones de la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de prevención y extinción de incendios, así como el régimen estatutario del personal de sus servicios de prevención y extinción de incendios y salvamento, se rigen por lo dispuesto en el presente capítulo.