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Ley Derogada

Artículo 43. Tratamiento y rehabilitación.

Artículo 43 de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid. · BOE-A-1995-18545

Atención: Ley 6/1995 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

1. Todos los menores residentes en la Comunidad de Madrid tendrán derecho a la aplicación de las técnicas y recursos de mejora y rehabilitación de secuelas que hayan podido tener por causa de enfermedad adquirida o congénita o por accidente.

2. La rehabilitación y mejora de la salud comprenderá todos los aspectos físicos, psíquicos y sensoriales.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1995-04-07.

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