Artículo 41. Concesión.
Artículo 41 del Real Decreto 1385/1990, de 8 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento General de adquisición y pérdida de la condición de militar y de situaciones administrativas del personal militar profesional. · BOE-A-1990-27376
Atención: Real Decreto 1385/1990 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
Corresponde al Director general de Personal del Ministerio de Defensa la concesión del pase a excedencia voluntaria. Las peticiones se cursarán por conducto reglamentario.
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