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Ley Vigente

Artículo 41. Adquisición a título oneroso.

Artículo 41 de la Ley 3/2001, de 21 de junio, de Patrimonio de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2001-14644

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-09-03.

Texto consolidado

1. Salvo en el caso de expropiación forzosa y en los supuestos en que la Comunidad de Madrid goce de un derecho de adquisición preferente, las adquisiciones a título oneroso se efectuarán con carácter general mediante concurso público, en la forma que reglamentariamente se determine, y mediante adquisición directa cuando se dé alguno de los supuestos previstos en esta ley.

2. En el concurso, la adjudicación recaerá en el licitador que, en su conjunto, haga la proposición más ventajosa, teniendo en cuenta los criterios que se hayan establecido en los pliegos, sin atender exclusivamente al precio de la misma y sin perjuicio del derecho de la Administración a declararlo desierto.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2001-09-03.

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