Artículo 41. Formación.
Artículo 41 de la Ley 2/2002, de 11 de noviembre, de Gestión de Emergencias en Andalucía. · BOE-A-2002-24156
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-10.
Texto consolidado
La Junta de Andalucía, a través del Instituto de Emergencias y Seguridad Pública de Andalucía, planificará, homologará e impartirá cursos de formación, para el acceso y la promoción de la carrera profesional de los Servicios de Prevención y Extinción de Incendios y Salvamento, tendentes a la cualificación y la excelencia.
La Junta de Andalucía promoverá una oferta pública del título de Formación Profesional de Técnico Superior en Coordinación de Emergencias y Protección Civil, como título habilitante para el acceso a la escala ejecutiva, según se determine en el desarrollo reglamentario de la presente Ley.
Redacciones de este artículo
Este precepto ha tenido 2 redacciones. La redacción vigente la dio BOE-A-2023-8464.