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Real Decreto Derogada

Artículo 40. Ámbito de aplicación.

Artículo 40 del Real Decreto 597/2016, de 5 de diciembre, para la aplicación de las medidas del programa de apoyo 2014-2018 al sector vitivinícola. · BOE-A-2016-11577

Atención: Real Decreto 597/2016 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Podrá concederse apoyo a la replantación a los viticultores que hayan sido obligados a arrancar una superficie de viñedo por motivos sanitarios o fitosanitarios por haberlo así establecido la autoridad competente de la comunidad autónoma a partir de la publicación del presente real decreto siempre que en dicho arranque obligatorio se haya cumplido con lo dispuesto en la Directiva 2000/29/CE, del Consejo, y en la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2016-12-07.

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