Artículo 40. Contratación.
Artículo 40 de la Ley 5/2023, de 22 de marzo, de Creación del Sistema Integrado de Protección Civil y Emergencias de la Comunidad de Madrid. · BOE-A-2023-15467
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2023-04-17.
Texto consolidado
1. La contratación de la Agencia se regirá por la normativa vigente en materia de contratación pública aplicable a los entes de derecho público del artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre.
2. El órgano de contratación de la Agencia será el titular de la dirección de la Agencia.
3. La Agencia dispondrá de una mesa de contratación permanente, constituida conforme a la normativa vigente.
4. Para la adquisición de bienes y servicios declarados de gestión centralizada, será de aplicación lo dispuesto en la normativa dictada a tal efecto por la Consejería competente en materia de contratación.