Artículo 4. Elevación a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.
Artículo 4 de la Orden ECC/1908/2013, de 17 de octubre, por la que se establece el procedimiento para la contratación y formalización de operaciones de crédito a celebrar con el Banco Europeo de Inversiones con la finalidad de financiar proyectos de competencia de los distintos departamentos ministeriales. · BOE-A-2013-10952
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-20.
Texto consolidado
El proyecto junto con los informes que preceptivamente debe solicitar el departamento ministerial interesado conforme a los artículos anteriores, será elevado por aquél a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos para su eventual aprobación.
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