Artículo 5. Formalización de la operación.
Artículo 5 de la Orden ECC/1908/2013, de 17 de octubre, por la que se establece el procedimiento para la contratación y formalización de operaciones de crédito a celebrar con el Banco Europeo de Inversiones con la finalidad de financiar proyectos de competencia de los distintos departamentos ministeriales. · BOE-A-2013-10952
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-20.
Texto consolidado
Aprobada la operación por la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos, la formalización y firma del préstamo corresponderá al Ministro de Economía y Competitividad.
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