Artículo 4. Principios de organización.
Artículo 4 del Decreto Legislativo 2/2001, de 3 julio, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón. · BOA-d-2001-90002
Atención: Decreto Legislativo 2/2001 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
La Administración de la Comunidad Autónoma se organizará con arreglo a los siguientes principios:
a) División funcional y gestión territorializada.
b) Desconcentración funcional y territorial de actividades.
c) Descentralización funcional, en su caso, para el desarrollo de actividades de gestión o de ejecución.
d) Economía y adecuada asignación de los medios a los objetivos institucionales.
e) Simplicidad y claridad de la organización, procurando evitar la creación de órganos periféricos coincidentes con los de otras Administraciones Públicas.
f) Coordinación entre los diversos órganos administrativos, que asegure una adecuada ejecución de las políticas generales.