Artículo 39. Derecho a la libre elección del profesional sanitario, servicio y centro.
Artículo 39 de la Ley 5/2010, de 24 de junio, sobre derechos y deberes en materia de salud de Castilla-La Mancha. · BOE-A-2010-15622
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2011-01-09.
Texto consolidado
En el ámbito del Sistema Sanitario de Castilla-La Mancha, todas las personas tienen derecho a la libre elección de profesional sanitario, servicio y centro en los términos que reglamentariamente se establezcan.