Artículo 39. De la gestión y pago de las prestaciones económicas.
Artículo 39 de la Ley 5/1997, de 25 de junio, por la que se regula el Sistema de Servicios Sociales en el ámbito de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1997-18195
Atención: Ley 5/1997 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.
Texto consolidado
1. La Generalidad desarrollará reglamentariamente los requisitos, condiciones y cuantías de cada una de las prestaciones económicas reguladas en este capítulo.
2. Asimismo, se desarrollará reglamentariamente la gestión, tramitación y pago de las prestaciones económicas por parte de la Generalidad y de los Servicios Sociales municipales o comarcales.
3. El Plan Valenciano de Servicios Sociales evaluará las necesidades sociales con el fin de prevenir las partidas presupuestarias para cubrir las ayudas económicas de este capítulo.