Artículo 38. Colaboración de las empresas y entidades empresariales.
Artículo 38 de la Ley 1/2013, de 10 de octubre, de Aprendizaje a lo Largo de la Vida. · BOE-A-2013-11797
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-18.
Texto consolidado
Se promoverá la necesaria colaboración de las administraciones públicas con las empresas, asociaciones empresariales, cámaras de comercio, profesionales y agentes sociales y centros de formación profesional, especialmente en los sectores emergentes, en crecimiento e innovadores. La participación de las empresas podrá realizarse de forma individual o agrupada, a través de sus organizaciones representativas.