Artículo 37. Órganos de interlocución social.
Artículo 37 de la Ley 1/2013, de 10 de octubre, de Aprendizaje a lo Largo de la Vida. · BOE-A-2013-11797
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2013-10-18.
Texto consolidado
1. De conformidad con la Ley 3/2004, de 25 de febrero, del Sistema Universitario Vasco, el Consejo Vasco de Universidades es el órgano de coordinación del sistema universitario vasco y de consulta y asesoramiento del Gobierno Vasco en materia de universidades.
2. El Consejo de Coordinación de la Enseñanza Pública Universitaria es el órgano de coordinación, asesoramiento y participación para la determinación de las finalidades y objetivos del sistema universitario público; y el Consejo Social es el órgano de la universidad a través del cual la sociedad participa en su gobierno y dirección.