Artículo 37. Régimen de garantías de los cargos del Consejo General.
Artículo 37 del Real Decreto 1001/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas. · BOE-A-2002-19488
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-10.
Texto consolidado
El cumplimiento de las obligaciones correspondientes a los cargos representativos del Consejo tendrá a los efectos corporativos y profesionales la consideración y carácter de cumplimiento de deber colegial.