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Real Decreto Vigente

Artículo 36. Recursos.

Artículo 36 del Real Decreto 1001/2002, de 27 de septiembre, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Consejo General de Colegios de Fisioterapeutas. · BOE-A-2002-19488

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2002-10-10.

Texto consolidado

Todas las incidencias electorales y el acta a que se refiere el artículo anterior serán recurribles en el plazo de veinticuatro horas ante la mesa electoral, que resolverá en idéntico plazo, según el procedimiento que reglamentariamente se establezca.

Contra las resoluciones de la mesa electoral podrá interponerse recurso contencioso-administrativo.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2002-10-10.

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