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Ley Vigente

Artículo 36. Colaboración y coordinación interadministrativa.

Artículo 36 de la Ley del Principado de Asturias 8/2026, de 15 de octubre, de Infancia y Adolescencia. · BOE-A-2026-23272

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2026-11-23.

Texto consolidado

1. El Sistema Público de Servicios Sociales y los sistemas públicos sanitario y educativo deben establecer cauces de colaboración y cooperación entre sí y con la iniciativa social, asumiendo la corresponsabilidad en el bienestar y la protección de las personas menores de edad. Con los mismos objetivos, el citado sistema público impulsará la colaboración con los sistemas policial y judicial.

2. Se elaborarán instrumentos técnicos para garantizar la detección, notificación, valoración o intervención en situaciones de desprotección, así como aquellos otros que se implanten para garantizar la coherencia de las actuaciones públicas de promoción y defensa de los derechos de las personas menores de edad preverán expresamente mecanismos y procedimientos de coordinación interadministrativa.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2026-11-23.

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