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Ley Vigente

Artículo 36. Gestión documental.

Artículo 36 de la Ley 7/2021, de 17 de febrero, de museos y otros centros museísticos de Galicia. · BOE-A-2021-5138

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2021-03-17.

Texto consolidado

Todos los centros museísticos de Galicia deberán contar con un sistema de gestión documental integrado por el conjunto de los instrumentos descriptivos y de control técnico, así como de gestión administrativa, relativos a sus fondos. Dicho sistema será acorde con las características y funciones de cada tipo de centro, de conformidad con las características que reglamentariamente sean establecidas.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2021-03-17.

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