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Ley Vigente

Artículo 36. Procedimiento de autorización.

Artículo 36 de la Ley 6/1998, de 22 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1998-17351

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-26.

Texto consolidado

El procedimiento para la autorización de un botiquín se podrá iniciar:

a) A petición de los órganos de gobierno del municipio en que se encuentra radicado el núcleo de población donde se pretenda instalar el botiquín.

b) De oficio por la Administración sanitaria.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-06-26.

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