El Vínculo El Vínculo.
Ley Vigente

Artículo 35. Dispensación de medicamentos.

Artículo 35 de la Ley 6/1998, de 22 de junio, de Ordenación Farmacéutica de la Comunidad Valenciana. · BOE-A-1998-17351

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 1998-06-26.

Texto consolidado

La dispensación de medicamentos y productos sanitarios será realizada por un farmacéutico o farmacéutica, que será responsable de su custodia y conservación, de acuerdo con las condiciones específicas que para cada botiquín se establezcan, en la autorización administrativa correspondiente.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1998-06-26.

Más artículos de Ley 6/1998

En El Vínculo puedes leer Ley 6/1998 artículo a artículo, ver qué decía cada precepto en una fecha pasada y preguntarle a la IA sobre su contenido.