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Ley Vigente

Artículo 36. Creación de sinergias y carné deportivo.

Artículo 36 de la Ley 1/2015, de 23 de marzo, del ejercicio físico y del deporte de La Rioja. · BOE-A-2015-4028

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2015-03-26.

Texto consolidado

1. La Administración autonómica fomentará, facilitará y promoverá la firma de acuerdos y la suscripción de pactos que puedan alcanzar entre sí y entre los distintos colectivos, las federaciones deportivas de La Rioja, las entidades locales, los establecimientos mercantiles de servicios deportivos y el resto de organizadores, destinados a colaborar en la organización de eventos y actividades de carácter deportivo, con el fin de ampliar la participación y mejorar su calidad.

2. La consejería competente en materia deportiva ofrecerá a las personas que acrediten pertenecer a cualquiera de los colectivos y agentes del deporte de La Rioja el carné deportivo identificativo de su participación en programas de promoción y fomento del deporte, que garantizará a sus usuarios servicios y ventajas de carácter deportivo relativos al acceso a cursos de formación, instalaciones deportivas y reconocimientos médicos.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2015-03-26.

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