Artículo 35. Junta de Gobierno.
Artículo 35 del Real Decreto 140/2001, de 16 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Ingenieros Técnicos de Obras Públicas. · BOE-A-2001-4294
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2001-03-04.
Texto consolidado
Al frente de cada zona habrá una Junta de Gobierno, formada por el Decano, el Vicedecano, el Secretario, el Tesorero y los Delegados provinciales.
En el Reglamento General podrá ampliarse el número de miembros, estableciendo las Vocalías o Delegaciones que se estimen convenientes.