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Ley Orgánica Derogada

Artículo 35.

Artículo 35 de la Ley Orgánica 8/1998, de 2 de diciembre, de Régimen Disciplinario de las Fuerzas Armadas. · BOE-A-1998-27864

Atención: Ley Orgánica 8/1998 está derogada — este texto se muestra a efectos históricos y de consulta.

Texto consolidado

Los Jefes de Sección o Unidad similar podrán sancionar a los Suboficiales que estén a sus órdenes, con reprensión y arresto hasta cuatro días, y a Tropa y Marinería, en igual caso, con reprensión, privación de salida hasta cinco días y arresto hasta ocho días.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 1999-02-03.

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