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Ley Vigente

Artículo 35. Régimen contable y patrimonial.

Artículo 35 de la Ley 4/2004, de 2 de abril, de la Sindicatura de Cuentas de las Illes Balears. · BOE-A-2004-8189

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2004-04-11.

Texto consolidado

1. La Sindicatura de Cuentas está sujeta al régimen de contabilidad pública, que se establecerá de forma independiente y segregada de la propia del Parlamento.

2. La Sindicatura asume sus competencias y facultades sobre los bienes y derechos que tenga adscritos, se le adscriban o adquiera por cualquier título. La titularidad de estos bienes y derechos será, en todo caso, de la comunidad autónoma de las Illes Balears.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2004-04-11.

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