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Ley Vigente

Artículo 35. Competencia.

Artículo 35 de la Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las Energías Renovables e Incentivación del Ahorro y Eficiencia Energética en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-9936

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-14.

Texto consolidado

La imposición de las sanciones corresponde:

a) Por infracciones muy graves, al Consejo de Gobierno.

b) Por infracciones graves, al Consejero competente en materia de energía.

c) Por infracciones leves, al Director General competente en materia de energía.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-03-14.

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