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Ley Vigente

Artículo 36. Prescripción.

Artículo 36 de la Ley 1/2007, de 15 de febrero, de fomento de las Energías Renovables e Incentivación del Ahorro y Eficiencia Energética en Castilla-La Mancha. · BOE-A-2007-9936

Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2007-03-14.

Texto consolidado

Las infracciones y sanciones administrativas previstas en la presente ley prescribirán: las muy graves en el plazo de tres años, las graves en el de dos años y las leves en el de seis meses, plazos computados de conformidad con lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimientos Administrativo Común.

Redacción vigente del texto consolidado publicado por el BOE, en vigor desde el 2007-03-14.

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