Artículo 34. Autorización de explotación.
Artículo 34 del Decreto-ley 14/2020, de 7 de agosto, del Consell, de medidas para acelerar la implantación de instalaciones para el aprovechamiento de las energías renovables por la emergencia climática y la necesidad de la urgente reactivación económica. · DOGV-r-2020-90356
Redacción vigente según el texto consolidado del BOE, en vigor desde el 2020-08-29.
Texto consolidado
Previa acreditación por el titular de la instalación de producción de la adecuada constitución de la garantía económica de desmantelamiento y restauración prevista en el presente decreto ley para las centrales fotovoltaicas y en las Normas del PECV para los parques eólicos, la autorización de explotación se tramitará conforme al Decreto 88/2005, de 29 de abril.
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